El mundo de los excluidos…
Una reflexión frente al sistema de responsabilidad penal colombiano y los adolescentes con trastorno mental

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RESUMEN

El abordaje de este artículo se hace desde una mirada reflexiva, enfocada en el adolescente con trastorno mental vinculado al sistema de responsabilidad penal colombiano contemplado en la Ley 1098 de 2006; a pesar de denominarse población especial, estos adolescentes no son tratados como tal, de hecho la ruta de acceso a los servicios de salud es poco oportuna y su padecimiento muchas veces no se constituye en un aspecto principal a manejar.

La reflexión gira en torno al acto delictivo y el trastorno mental de los adolescentes como un aspecto importante para la resocialización, destacando el rol del psicólogo para la elaboración del diagnóstico, como también asesor de familia y de profesionales de otras áreas diferentes a la psicología para facilitar la comprensión y el manejo de la población con doble diagnóstico. Para tal fin se propone la atención en medio socio-familiar como una alternativa que favorece la resocialización y recuperación de adolescentes con comportamientos delictivos y que alternamente presentan trastorno mental, en la mayoría de los casos, con delirios paranoides.

 PALABRAS CLAVES

 Trastorno mental. Resocialización. Sistema de responsabilidad penal. Atención en medio Socio-familiar. Sistema de salud, Acto delictivo. Sintomatología.

 

INTRODUCCIÓN

En los países latinoamericanos es cada vez mayor la presencia de trastorno mental en la población infantil y adolescente; a este fenómeno se suma la prevalencia de los actos delictivos.

Un número que va en aumento es el de adolescentes que pasan por el sistema de responsabilidad penal y a su vez presentan algún trastorno de orden mental, específicamente referidos a la clasificación que hace el DSMV (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales) frente a los trastornos delirantes.

En cuanto a la efectividad del proceso resocializador con esta población, son pocos los estudios y acercamientos desde el área de la investigación que den cuenta del impacto que tiene el sistema de responsabilidad penal para adolescentes y las instituciones que asumen el reto de recuperarlos y articularlos a las dinámicas familiares y sociales. Se debe continuar abordando el tema en un futuro cercano desde una mirada humanista, ética y científica para esta población a partir de la transgresión de la norma, pero que también evidencia una enfermedad mental.

El sistema de responsabilidad penal para adolescentes al parecer no está preparado para contener, abordar y direccionar muchas de las problemáticas actuales, relacionadas con ellos. Esta percepción se relaciona con la falta de recursos económicos, lo que hace que no haya el suficiente equipo humano contratado para atender la demanda presentada en delincuencia juvenil, además de no tener claridad en los canales de comunicación afectando las acciones que se puedan encaminar en pro de la resocialización de los adolescentes. Sin embargo, es de reconocer que los agentes cooperadores del sistema hacen grandes esfuerzos para dar un lugar protagónico al adolescente y a la familia, a pesar de las circunstancias relacionadas con la comisión de delitos.

 

La corresponsabilidad, un compromiso de los cooperadores del sistema

La corresponsabilidad es una función compartida por la familia, la sociedad y el Estado, especialmente cuando se trata de la población infantil y adolescente, de ahí la importancia de trabajar en equipo donde cada parte aporta sus recursos en beneficios comunes, logrando así alcanzar las metas propuestas en la resocialización de la mayoría de adolescentes que pasan por el sistema de responsabilidad penal.

Al parecer la discusión de la corresponsabilidad gira en torno al discurso sobre la restitución de derechos, visionando una intervención integral del sujeto, en este caso: “adolescente transgresor”. A partir de esta mirada, se puede deducir que el fenómeno puede pensarse desde diferentes perspectivas:

Una de ellas es la tipificación del delito, como el flagelo más importante y necesario para exterminarlo, con la falacia de que haya un final donde se cree una sociedad perfecta y armónica, la cual no vislumbre el quebrantamiento de la ley.

Por otra parte, se piensa que el tratamiento para los adolescentes que pasan por el sistema de responsabilidad penal, debería ir enfocado a la modificación de los comportamientos disfuncionales aunque los recursos institucionales de las ONG (Organizaciones no gubernamentales) sean insuficientes frente al abordaje de los casos de adolescentes con trastorno mental, debido a la carencia de respuestas efectivas por parte de las redes de apoyo relacionadas con el sistema de salud, a las cuales se les dificulta asumir su papel de corresponsabilidad en lo referente a las políticas de infancia y adolescencia como población vulnerable y necesitada de atención especializada (ICBF, 2011).

Cabe la posibilidad de pensar que la Ley 1098 tuvo en cuenta la inclusión de la cual se habla, para los adolescentes que, además de cometer un delito, sufren un trastorno mental, como por ejemplo: psicosis, trastorno bipolar, trastorno depresivo, entre otros; se hace referencia a que “sufren” no por el trastorno en sí, sino a la inoperatividad del sistema que los acoge con un sinónimo de recuperación, rehabilitación o reeducación frente a los actos delictivos, pero que invisibiliza su trastorno mental porque quizás no parece tan importante para el abordaje, ocupando el acto delictivo un lugar de primacía, pero soportado en el discurso de los derechos y la inclusión, llamándolos “población vulnerable”.

En cuanto a las instituciones a las cuales se encomienda la intervención de adolescentes que, además de sus actos delictivos, padecen un trastorno mental; la mirada está interesada en abordar el motivo por el cual se generó el ingreso al sistema de responsabilidad penal, prevenir la reincidencia de actos delictivos, restaurar los derechos vulnerados, sensibilizar frente a la restauración del daño causado a otros, brindar herramientas para un adecuado desempeño, proyectarse en un futuro más promisorio y además de resignificar las dinámicas familiares en las que están inmersos los adolescentes.

Es necesario hacer la reflexión en torno al abordaje de los adolescentes con conductas delictivas y trastorno mental, debido a que se percibe la intervención de manera aislada desde el ámbito Institucional.  Parece que el sistema también arroya y limita los propios recursos profesionales cuando se trata los adolescentes que requieren una intervención especializada y con apoyo farmacológico además de la terapia psicológica (OMS; 1985).

En las experiencias que se han tenido con población adolescente de doble diagnóstico, se ha observado que los que padecen un trastorno mental, tienden a utilizar muy poco el sistema de salud, y hay preferencia por asumir conductas de riesgo como lo son los actos delictivos y el consumo de sustancias psicoactivas; por lo tanto, puede surgir la pregunta entre la relación de trastorno mental vs conducta antisocial y abuso de sustancias; según los investigadores sobre el tema, no necesariamente son directamente proporcionales, pero existe en la mayoría de los casos una relación altamente significativa y como parte de la sintomatología, aunque en algunos casos se puede observar que el adolescente no pase al acto por las producciones de su trastorno mental, y el comportamiento delictivo se deba a otras variables situacionales (Anuario de psicología; 2005)

Se conoce que estos adolescentes sufren un trato discriminatorio por parte del propio sistema de salud y no se constituye una prioridad las enfermedades de orden mental; este fenómeno quizás se deba al complejo manejo de este tipo de pacientes, pero también se podría pensar desde el punto de vista económico por los costos de la medicación y la atención, en la cual es más conveniente asumir la actitud excluyente o una ruta de difícil acceso y poco oportuna temporalmente, avalada por el sistema de salud, donde argumentan no negar la atención, pero si excusarse en la demanda de este tipo de atención especializada por los pocos recursos económicos y humanos con que se cuenta.

Una sociedad en la cual la atención frente la enfermedad mental no se constituye como parte fundamental del sistema de salud, tiende a tratar los síntomas cuando estos se agudizan; es por esto que es menos importante intervenir en ciertas etapas de desarrollo como la infancia y la adolescencia, donde se podrían disminuir los daños y los riesgos de los que padecen este tipo de enfermedades y así intervenir de manera preventiva para disminuir los riesgos de hospitalización y la agudización del trastorno, además de brindar atención integral y diferencial a los adolescentes que tienen trastorno mental y que alternamente asumen conductas delictivas.

La familia, además de acompañar el cumplimiento de una medida legal impuesta al adolescente por la comisión de un delito, asume también el costo de la gestión para la atención especializada, evidenciándose pocos resultados para los esfuerzos que ellas hacen en tiempo y recursos económicos.

La familia, por otra parte, se empobrece y pierde la esperanza por la falta de atención de los adolescentes con trastorno mental, además de sentir un desgaste físico, emocional y económico. (Rondón M; 2006)

La falta de adherencia al tratamiento es otra parte importante para retomar. Debido a la complejidad de los trastornos mentales por las características propias del cuadro sintomatológico, a los adolescentes se les dificulta significativamente la interacción socio familiar, lo que lleva al rechazo y a la exclusión, cuya sintomatología se vuelve más insoportable para su entorno que para sí mismo que es quien la padece (Rondón M; 2006).

De la misma manera, la enfermedad mental se considera como una discapacidad debido a que el adolescente manifiesta limitaciones en el desarrollo de sus capacidades, ya que existen pocos o mínimos recursos donde él pueda ejercitar sus capacidades o potenciar las conservadas o intactas, las cuales han escapado de la enfermedad mental.

El panorama es poco alentador en el sistema de salud, qué decir entonces del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, Ley 1098, que desde su principio como es el de la protección integral (Artículos 7, 26; Capitulo 1) pocas veces utiliza los recursos administrativos para la garantía del derecho a la salud de los adolescentes con trastorno mental y se delega a las instituciones la responsabilidad de la atención de la enfermedad mental, además de delegar la responsabilidad de la reincidencia en la comisión de los actos delictivos.


La atención en medio socio familiar, una propuesta para los adolescentes con trastorno mental y comportamiento delictivo

En la actualidad han surgido nuevas alternativas para el tratamiento de los trastornos mentales, derivados de los avances en farmacología e intervenciones psicosociales y conductuales reduciendo cada vez más el tiempo de hospitalización; buscando reducir el riesgo de conductas autodestructivas y destructivas para la familia y la sociedad (Mora R; 1997).

En Colombia la producción investigativa que se relaciona con el tratamiento de los trastornos mentales en adolescentes con conductas delictivas es deficiente; sin embargo, existen las experiencias de algunos profesionales que han aportado a la intervención el abordaje terapéutico, logrando “contener” y disminuir muchos de los síntomas que estos adolescentes presentan, a través del vínculo terapéutico establecido en el espacio psicológico, contribuyendo a la modificación de los comportamientos delictivos y el tratamiento de la enfermedad mental, con el apoyo en la remisión a los profesionales de psiquiatría, donde el acompañamiento del equipo interdisciplinario asume el rol de agente terapéutico, haciendo seguimiento a la administración de la medicación, al control de las citas, al acompañamiento familiar y a la prevención de las crisis.

No obstante, es importante la capacitación a los demás profesionales del equipo en el manejo de los adolescentes con doble diagnóstico extrayendo los propios recursos profesionales en una sociedad que, además de exigente y excluyente, le falta preparación y altruismo para acoger y apoyar a esta población que exteriorizan una enfermedad mental de base, además de presentar un trastorno de conducta disocial de inicio en la infancia o adolescencia.

 A los psicólogos clínicos les corresponde la atención de los adolescentes de doble diagnóstico, por lo tanto se deben apropiar de los casos que lleguen a las instituciones y no delegar esta responsabilidad a otras áreas de intervención, aunque estas deben contribuir en la explicación y comprensión del diagnóstico referente al trastorno mental y el plan de atención individual, a los demás profesionales que conforman el equipo interdisciplinario y a las familias de los adolescentes, para aumentar la competencia frente al manejo de ellos y que no se conviertan en objeto de exclusión del ámbito institucional, familiar y social.

La atención en medio socio familiar de los adolescentes de doble diagnóstico facilitaría la intervención desde el enfoque individual, en una etapa inicial antes de articularlo a las dinámicas grupales propiciando un encuentro forzado con otros adolescentes que no identifica y que fácilmente exacerban la sintomatología, además de vivenciar el rechazo directo de su grupo de pares debido a que lo perciben “extraño” y quizás peligroso por los brotes de agresividad que se puedan generar; también desde la dificultad evidenciada por parte de estos adolescentes en la interacción con los demás y la poca o nula capacidad de empatizar con los sentimientos de los otros.

El psicólogo, además de propiciar una alianza terapéutica con los adolescentes de doble diagnóstico, debe ser cuidadoso en el análisis y la intervención, mas no temeroso, porque sería en estos casos de poca ayuda además de sentirse frustrado por los resultados que quizás no sean los más inmediatos, ya que se requiere tiempo y constancia para poder hablar de logros, porque el proceso es más lento con respecto a otros adolescentes transgresores de la ley; así mismo es necesario tener en cuenta el grado de deterioro manifestado de acuerdo con el trastorno mental debido a que en unos es menos severo que en otros.

Es importante, igualmente, que el psicólogo de a conocer el diagnóstico al adolescente, además de enfatizar frente al pronóstico y las consecuencias sino se compromete con el proceso de atención psicológica y farmacológica, si así lo requiere (la medicación es competencia de un profesional de psiquiatría).

La intervención con familias se focaliza en el manejo de la ruta de acceso a los servicios de atención especializada y al compromiso en la administración de los medicamentos, también educar e informar frente a la adherencia al tratamiento farmacológico y psicológico como garantía de la mejora y disminución de los síntomas, además de coadyudar en los procesos cognitivos, afectivos y comportamentales relacionados con los actos delictivos.

La atención en medio socio familiar facilita los desplazamientos de los adolescentes y las familias para recurrir a los servicios de salud, aunque anteriormente se menciona que es poco oportuna, esta situación se podría mediar con el apoyo de los defensores de familia quienes también velan por el cumplimiento de los derechos e interceden con las entidades responsables del servicio, en este caso el sistema de salud.

Queda un compromiso personal, ético, social y es el de continuar dando una mirada más de carácter científico e investigativo por parte de los cooperadores del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, para así contribuir a que los adolescentes con trastorno mental y comportamiento delictivo se visibilicen y dejen de pertenecer al mundo de los excluidos… uniendo esfuerzos de todas las partes, con el fin de no dejar la responsabilidad en las instituciones que hacen grandes aportes para acoger a estos adolescentes pero que al final, quedan en la soledad y sin una respuesta cercana, en el olvido, con un futuro menos privilegiado que el de otros.


CONCLUSIONES

Las enfermedades mentales en niños, niñas y adolescentes deberían ser atendidas de manera prioritaria con base en una perspectiva de salud pública, equidad y derechos humanos, con miras a la prevención de la agudización de los síntomas.

Se percibe la necesidad de incrementar los esfuerzos y hacer disponible los servicios, proporcionando un acercamiento directo a los adolescentes y la familia para hacer uso de los recursos del sistema de salud.

Fortalecer la atención en medio socio familiar como una alternativa para los adolescentes vinculados al sistema de responsabilidad penal y con trastorno mental, ya que posibilita la atención desde un enfoque individual, sin verse presionado a un encuentro forzado en un grupo de pares.

Es importante que los profesionales de las diferentes disciplinas se apropien de un enfoque interdisciplinario aportando nuevas perspectivas a los diferentes sistemas responsables de la salud mental y la resocialización de los adolescentes en conflicto con la ley y con trastorno mental.

Las instituciones deben reconocer la importancia del psicólogo como experto clínico, su contribución en la atención y asesoría con respecto al manejo de los adolescentes con doble diagnóstico.


Anyuli M. Ospina

Psicóloga, Especialista en Terapia Cognitiva





REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Anuario de psicología: familia, apoyo social y conducta delictiva en la adolescencia: efectos directos y mediadores. Jiménez, Teresa Et. al.Vol.36, n. 2, 181-185, 2005. Facultad de Psicología. Universidad de Barcelona.

REPÚBLICA DE COLOMBIA. Código de infancia y adolescencia, Ley 1098.

First, Michael Et. al. Manual Diagnóstico Diferencial, año 2002. Barcelona : Masson, 2006

RONDÓN B., Marta. Salud mental: un problema de salud pública en el Perú, revista peruana de medicina experimental y salud pública 23 (4), 2006.

MORA I. Ricardo. La hospitalización en psiquiatría desde el punto de vista jurídico. En revista del Instituto de Medicina Legal de Colombia. Año 2 vol.2. Bogotá, dic.1997. Pag.19-20

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD. Tratamiento farmacológico de los trastornos mentales en la atención primaria de salud. Washington, D.C: OMS, 1985

POSADA V. José Et. al. Prevalencia de los trastornos mentales uso de los servicios, resultados preliminares del estudio nacional de salud mental. Colombia, 2003

Revista colombiana de psiquiatría vol. 33, n.3, Bogotá, julio-sept. 2004

TORO, Ricardo. Psiquiatría fundamentos de medicina. Corporación para Investigaciones Biológicas (co) Ed.4. (2007)

ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE SALUD. Tratamiento farmacológico de los trastornos mentales en la atención primaria de salud” Washington, D.C. : OPS, 2010

Tomado de: http//psicologiacientifica.com/artículos/ar-pgll.htm. Mayo 2 de 2011

 

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